Usar la norma contra la Ley

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Para el Pleno ordinario de junio, los grupos municipales del PSOE, Ganemos Tres Cantos y Podemos, a propuesta de la Plataforma por el Entorno Natural de Tres Cantos (PEN3C), de la cual formamos parte, presentamos una moción conjunta para la realización de un inventario completo del arbolado del municipio en el marco de un Plan de conservación.

La Plataforma PEN3C considera inaceptable que se haya aprobado el Plan Especial para el Parque Norte en fraude de ley. Y pretende evitar que pueda suceder lo mismo con el Plan Especial de la “parcela ZO.8”, eufemismo con el que el gobierno municipal esconde el Parque del Terregal o del Este.

La Comunidad de Madrid tiene, desde el año 2005, una Ley de protección y fomento del arbolado urbano, la 8/2005. Se incumple el artículo 5 de la Ley mencionada, porque este municipio no tiene elaborado el inventario municipal del arbolado urbano donde se recoja, en su integridad, la totalidad del espacio urbano y el cumplimiento de los diferentes apartados de la Ley. Se contraviene, también, el artículo 6, al no existir un Plan de Conservación. No se atienden tampoco correctamente los artículos 7, 8 y 9.

Esta ley estuvo sin cumplirse en absoluto en Tres Cantos, hasta que, en 2017, tras una moción de la oposición, el gobierno presentó un inventario parcial del arbolado de la ciudad. Claramente insuficiente en cuanto al detalle y, lo que es peor, dejando fuera del mismo la mayor parte del término municipal. Entre las ausencias se encuentran tanto el Parque Norte como el Parque del Este, que, según el gobierno municipal son parte urbana, pero a la hora de cumplir la Ley se olvidan de ellas.

En posteriores ocasiones, la oposición ha insistido en solicitar en el Pleno la ampliación del inventario del arbolado. La última vez tras el desastre sucedido; el equipo de gobierno no tuvo problema en sumarse a los votos afirmativos, pero tampoco tuvo problema para olvidar el acuerdo aprobado y no hacer nada, como es costumbre con todas las mociones aprobadas.

Hasta aquí el incumplimiento de la Ley de la Comunidad de Madrid y el motivo para presentar una nueva moción, ante la nula voluntad del gobierno municipal del PP en poner en marcha la anterior. Pero, hete aquí que en febrero de 2020 el equipo de gobierno se auto-aprobó un Reglamento de Organización Municipal (ROM) a medida y, en este, además de otras muchas cuestiones dudosamente democráticas, deja al arbitrio del alcalde la aceptación o no a trámite de las mociones. Y concede una serie de motivaciones posibles para hurtar la presentación de propuestas de la oposición ante el Pleno. Una de las razones es que el tema haya sido tratado en el Pleno hace menos de un año. La norma tiene una lógica: si te han denegado una propuesta (una moción), lo lógico es que no se permita repetir el mismo tema mes tras mes. Pero, en este caso, la moción fue aprobada unánimemente, pero no se ha llevado a cabo, y ni siquiera se ha empezado ni se atisba que tengan voluntad de hacerlo. Es más, esta moción ampliaba de forma sustancial la propuesta inicial aprobada.

En esta tesitura, usar la norma municipal, de manera torticera, para saltarse una Ley de la Comunidad, dice muy poco a favor de la transparencia en la gestión del gobierno municipal del Partido Popular.

Nota de prensa conjunta del Grupo Municipal Socialista, Ganemos Tres Cantos y Podemos Tres Cantos.

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